1. Titular del Programa
El presente Programa de Afiliados y Embajadores (en adelante, el «Programa») es organizado y gestionado por NUTRIEXPERIENCE S.L., con CIF B18200253 y domicilio en Avenida Europa núm. 32 Ptl S 4 B, 28023, Madrid (en adelante, «Justloading»), titular del sitio web www.justloading.com.
2. Objeto del Programa
El Programa tiene por objeto establecer una red de afiliados y embajadores que, a través de sus canales digitales, promuevan los productos de Justloading entre sus audiencias a cambio de una comisión sobre las ventas generadas mediante sus enlaces o códigos personalizados.
3. Perfil del Afiliado y Proceso de Adhesión
El Programa está dirigido a personas físicas o jurídicas que desarrollen actividad digital en el ámbito de la nutrición, el fitness, la vida saludable, la suplementación deportiva o sectores afines, incluyendo entre otros:
- Creadores de contenido fitness y nutrición en redes sociales.
- Bloggers y gestores de webs especializadas en vida saludable o suplementación.
- Atletas con presencia digital activa.
- Entrenadores personales certificados.
- Dietistas-nutricionistas con comunidad digital.
- Podcasters de nutrición o deporte.
- Gestores de gimnasios, box o centros deportivos con presencia online.
- Fisioterapeutas deportivos con audiencia digital.
- Otros perfiles afines al estilo de vida saludable y acordes al target de la marca, a valorar por el equipo de marketing de Justloading.
3.1 Formulario de solicitud
Para participar en el Programa, el solicitante deberá completar el formulario disponible en www.justloading.com, facilitando información sobre su perfil digital, canales, audiencia y sector de actividad.
La participación en el Programa está reservada exclusivamente a personas físicas mayores de 18 años o personas jurídicas debidamente constituidas. La aceptación de estas condiciones por parte de un menor de edad será nula de pleno derecho. En caso de que Nutriexperience S.L. detecte que un afiliado es menor de edad, procederá a su baja inmediata del Programa sin derecho a percibir comisiones pendientes.
3.2 Validación
Justloading revisará cada solicitud atendiendo a criterios de afinidad con la marca, alcance de la audiencia y relevancia del contenido. Justloading podrá rechazar solicitudes sin necesidad de justificación, sin que ello genere derecho a compensación alguna.
3.3 Aceptación
Justloading comunicará al solicitante por correo electrónico si ha sido aceptado. La relación comenzará en el momento de dicha comunicación y la aceptación expresa del afiliado.
4. Funcionamiento del Programa
4.1 Panel de control
Una vez aceptado, el afiliado tendrá acceso a un panel de control personalizado desde el que podrá activar sus enlaces, consultar estadísticas de ventas y gestionar sus comisiones.
4.2 Enlace o código de afiliado
Cada afiliado dispondrá de un enlace o código único e intransferible. Solo computarán las ventas generadas a través de dicho enlace o código.
4.3 Ventas válidas
Solo computarán a efectos de comisión las compras efectivamente completadas y no canceladas ni devueltas. Se considerará una venta válida cuando hayan transcurrido 30 días desde su realización sin que haya sido devuelta ni cancelada. Las devoluciones o cancelaciones imputables a causas logísticas o de producto serán analizadas caso a caso por Justloading, quien podrá mantener la comisión si así lo considera justificado. En caso de cancelaciones o devoluciones por causas imputables al cliente final, Justloading podrá descontar la comisión correspondiente de la siguiente liquidación, notificándolo al afiliado con carácter previo.
5. Comisión del Afiliado
Base de cálculo: El afiliado obtendrá una comisión del 15% sobre el importe neto de facturación, una vez aplicados los descuentos correspondientes y excluido el IVA, de cada venta válida generada a través de su enlace o código. Los costes de transporte incluidos en la factura no formarán parte de la base de cálculo de la comisión.
Forma de abono: El afiliado deberá emitir factura a Justloading por el importe de las comisiones devengadas, con el IVA e IRPF que correspondan según su situación fiscal. Justloading no podrá abonar comisiones sin la correspondiente factura del afiliado. En el supuesto de que el afiliado no pueda generar una factura, el pago podrá realizarse en especie mediante productos de Justloading.
Liquidación: Las comisiones generadas en cada mes natural se liquidarán el último día hábil del mes siguiente, previa recepción de la factura del afiliado. Ejemplo: las ventas de mayo se liquidarán el 30 de junio. Las comisiones solo se abonarán cuando el importe acumulado pendiente de liquidar sea igual o superior a 50 euros. Si el importe acumulado no alcanza dicho umbral, se trasladará a la siguiente liquidación hasta que se alcance el mínimo.
Obligaciones fiscales del afiliado: El afiliado es responsable exclusivo del cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Si el afiliado no dispone de actividad económica dada de alta, deberá regularizar su situación antes de recibir comisiones. Justloading no asumirá responsabilidad alguna por las obligaciones fiscales del afiliado.
6. Incentivo para el Cliente Final
6.1 Los clientes que realicen su primera compra en www.justloading.com a través del enlace o código de un afiliado, con un importe mínimo de 25 euros, recibirán un cupón de descuento de 5 euros aplicable sobre dicha compra. Este cupón es personal, intransferible y aplicable exclusivamente a la primera compra del cliente. Sin valor en efectivo. El cupón no tiene fecha de caducidad mientras el Programa está vigente.
Acumulación con otras promociones: La acumulabilidad del cupón con otras promociones activas quedará sujeta a la configuración técnica de la plataforma en cada momento, siendo Justloading quien determine en cada caso si el cupón es acumulable o no, comunicándolo a los afiliados activos.
Justloading se reserva el derecho de activar o desactivar este incentivo con un preaviso mínimo de 15 días naturales a los afiliados activos.
6.2 Cupón para generación de contenido por Embajadores
Los afiliados aceptados en el Programa con perfil de embajador recibirán un cupón mensual canjeable en www.justloading.com para la adquisición de productos destinados exclusivamente a la creación de contenido en el marco de su colaboración con la marca.
El importe del cupón será determinado por el equipo de marketing de Justloading en función del perfil del embajador, su comunidad y alcance, pudiendo oscilar entre 100 y 200 euros. Las condiciones concretas se comunicarán al embajador en el momento de su aceptación en el Programa.
El cupón es personal e intransferible, solo podrá canjearse una vez al mes y se renovará automáticamente el mes siguiente. No es canjeable en efectivo, no es acumulable con otras promociones salvo indicación expresa, y su uso queda limitado a la finalidad descrita. No generará comisión de afiliado.
Justloading se reserva el derecho de modificar o retirar este beneficio en cualquier momento, comunicándolo al embajador con una antelación mínima de 5 días naturales.
7. Obligaciones del Afiliado
El afiliado se compromete a:
- Promover los productos de Justloading de forma veraz y coherente con los valores de la marca.
- Identificar claramente el carácter comercial de sus recomendaciones conforme a la Ley 34/1988 General de Publicidad y el Código de Conducta sobre Influencers de AUTOCONTROL.
- Todo contenido publicado en el marco de esta colaboración deberá identificarse de forma clara, visible e inequívoca como comunicación comercial, mediante indicaciones como #publicidad, #publi, #ad, situadas en lugar prominente y al inicio del contenido. Esta obligación aplica siempre que exista cualquier contraprestación, ya sea de naturaleza material o económica. El colaborador se compromete a cumplir la Ley 34/1988 General de Publicidad, la Ley 3/1991 de Competencia Desleal, y el Código de Conducta sobre Influencers de AUTOCONTROL en su versión vigente. El incumplimiento facultará a Justloading a exigir la retirada o modificación inmediata del contenido, resolver el contrato con causa y reclamar los daños y perjuicios ocasionados, incluyendo eventuales sanciones administrativas derivadas del incumplimiento.
- No realizar afirmaciones sobre los productos no respaldadas por la información oficial de Justloading.
- No utilizar su propio enlace para realizar compras personales con el fin de generar comisiones artificiales.
- No crear cuentas falsas ni realizar conductas fraudulentas destinadas a inflar comisiones.
- No asociar la marca Justloading a contenidos contrarios a la ley, la moral o los valores de la marca.
- Comunicar a Justloading cualquier cambio relevante en su perfil digital que pudiera afectar a su idoneidad como afiliado.
- El afiliado reconoce que las marcas, logotipos y demás elementos de identidad visual de Justloading son propiedad exclusiva de NUTRIEXPERIENCE S.L. Su uso queda limitado a la promoción de productos en el marco de este Programa y conforme a las directrices de marca vigentes, quedando prohibida su modificación o uso fuera de dicho objeto sin autorización escrita previa.
Los contenidos creados por el afiliado en el marco de esta colaboración son de su titularidad, si bien otorga a Justloading una licencia no exclusiva y gratuita para reproducirlos y publicarlos en sus canales propios con fines promocionales. El afiliado garantiza que dichos contenidos no infringen derechos de terceros.
8. Conductas Prohibidas y Exclusiones
Darán lugar a exclusión inmediata del Programa y pérdida de comisiones pendientes generadas de forma irregular:
- El uso de spam, publicidad engañosa o métodos de captación de tráfico no autorizados.
- La publicación de enlaces en plataformas de cupones, agregadores o sitios de cashback sin autorización expresa.
- La autorreferencia o generación artificial de comisiones.
- Cualquier conducta que pueda dañar la reputación o imagen de Justloading.
9. Duración, Modificación y Baja
El Programa estará vigente de forma indefinida. Justloading podrá modificar sus condiciones o cancelarlo con un preaviso mínimo de 30 días naturales por correo electrónico a los afiliados activos.
Cualquiera de las partes podrá dar de baja la relación en cualquier momento sin necesidad de justificación. El afiliado tendrá derecho a percibir las comisiones generadas y válidamente acreditadas hasta la fecha de baja, previa emisión de la correspondiente factura.
10. Protección de Datos
Los datos personales de los afiliados serán tratados por NUTRIEXPERIENCE S.L. conforme al RGPD y la LOPDGDD, con la finalidad de gestionar la relación derivada del Programa. Los interesados podrán ejercer sus derechos dirigiéndose a [email protected].
11. Régimen Fiscal
El afiliado es responsable exclusivo del cumplimiento de sus obligaciones fiscales. Para poder recibir comisiones, el afiliado deberá disponer de actividad económica dada de alta ante la Agencia Tributaria y emitir la correspondiente factura con IVA e IRPF según corresponda a su situación. Justloading no podrá realizar abonos sin factura válida previa.
12. Legislación Aplicable y Jurisdicción
Las presentes Condiciones se rigen por la legislación española. Cualquier controversia se someterá a los Juzgados y Tribunales de Madrid, con renuncia expresa a cualquier otro fuero.
Mayo 2026